A través de la Resolución 41/2026 de la ARICCAME, se fijaron las pautas para regularizar y fiscalizar el material de propagación de cannabis medicinal. La medida entrará en vigencia oficialmente dentro de diez días hábiles.
El Ministerio de Economía, a través de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), oficializó la creación del «Régimen Especial de Adecuación para el Otorgamiento de la Licencia para Actividades Vinculadas a Órganos de Propagación de la Especie Cannabis Sativa L. con Fines Medicinales».
La medida, plasmada en la Resolución 41/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial bajo la firma del interventor del organismo, Ignacio Ferrari, busca regularizar la situación de personas humanas y jurídicas que ya contaban con registros previos ante el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Semillas (INASE) y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
El movimiento de la Agencia se da después de que en marzo pasado le pidiera a las autoridades de INASE que prorrogara por 120 días los registros para que los operadores de Cannabis sativa L. puedan trabajar debido a que las licencias que necesitaban de la ARICCAME no estaban operativas.
Ahora, 4 meses después de esa solicitud al organismo de semillas y 2 años sin dar licencias, Ferrari reaparece para anunciar un nuevo trámite para los operadores, limitando aún más a quienes pueden trabajar y sin dar solución a los problemas de fondo.
El régimen de adecuación estará habilitado únicamente hasta el 1° de marzo de 2027. La licencia emitida por la ARICCAME bajo este programa se concentrará de forma exclusiva en el material de multiplicación vegetal, es decir: semillas, plantines y esquejes con fines medicinales.
De esta manera, la resolución traza un límite claro:
- Lo que está incluido: El cultivo con el único destino de multiplicación y obtención de órganos de propagación.
- Lo que queda excluido: La normativa prohíbe explícitamente la comercialización o aprovechamiento industrial de derivados del cannabis, así como la venta de inflorescencias, biomasa floral o cogollos bajo este régimen específico.
El abogado especializado en la materia, Juan Palomino, señaló que esta resolución lo que hace es “habilitar la licencia para que INASE pueda seguir su curso normal, que era lo que estaba trabado. Esto lo que permite es que los operadores que se encuentren con una situación registral vigente puedan continuar el curso de su desarrollo”.
Sin embargo, Palomino indicó que “la redacción deja algunas dudas”. “Esta cuestión de quién tenga alguna cuestión registral vigente me deja en duda si es una cuestión de cualquier inscripción en el Registro Nacional de Fiscalización y Comercialización de Semilla, o se refiere a alguna inscripción en el Registro de Cultivares o de Propiedad de Cultivares”, aseguró.
El abogado afirmó que de todas formas entiende que es amplio.“Lo que sí es expresamente restrictivo es con los nuevos operadores y es restrictivo también con lo que tiene que ver con cualquier tipo de comercialización de productos o subproductos”, señaló.
Lejos de dar soluciones, la ARICCAME, desde que fue intervenida hace 2 años, pareciera poner parche tras parche a una industria que pasó de tener 800 criaderos a 100, que no tuvo nuevas variedades registradas, algo que el Ministerio de Salud solicita a las ONGs, Fundaciones y Proyectos I+D en su última resolución 1780/2025 para trabajar y que no dió respuestas al mercado, lo que provocó que varias empresa paralizaran su actividad y otras directamente cerraran.
Incumplimientos al día
El 6 de noviembre del 2025 se le renovó la intervención de la Agencia a Ignacio Ferrari por un año más, hasta septiembre de este año. El funcionario justificó su propia renovación al frente de la ARICCAME alegando que aún hay tareas pendientes por realizar y lograr para que la Agencia funcione correctamente.
Sin embargo, el organismo que conduce sigue sin cumplir con varias de las acciones que la propia ley 27.669 que la creó le indicaba que cumpliera.
Entre lo señalado se encuentra:
- El registro propio de genéticas, para garantizar el registro de variedades legales bajo la órbita de la Agencia.
- Ventanilla única: eliminar la burocracia y unificar el trámite entre ARICCAME, INASE, SENASA y ARCA para que los operadores puedan trabajar de forma más simple y clara.
Por otro lado, la legislación vigente estipula el funcionamiento del Consejo Consultivo, que integra a la sociedad civil y profesionales del área para la consulta activa sobre la implementación de la ley, que hoy se encuentra inactivo.
Además, el Consejo Federal, que reúne a representantes de cada provincia, para llevar adelante un registro técnico de la industria del cannabis y el cáñamo y control sobre licencias entregadas, también tiene poca actividad.
Por último, el directorio de la ARICCAME, que debería estar integrado por representantes del área de Producción, Salud, Agricultura, Ciencia y Seguridad, hoy está inactivo, es decir, la Agencia la maneja una sola persona que es la misma que toma las decisiones de manera unilateral, el interventor, Ignacio Ferrari, yendo en contra de lo dispuesto por ley.
La resolución 41/2026 no salda ninguna de estas deudas y suma un paso administrativo, con un “arancel único de $250.000” que funcionará como “el canon anual que las licenciatarias deberán abonar para mantener el permiso vigente”, para los y las operadoras que buscan seguir trabajando o integrarse a la industria del cannabis y el cáñamo en Argentina.
¿Quiénes pueden solicitarla y cuánto dura?
El régimen está diseñado para canalizar y blanquear a los actores que ya venían operando en el sistema de salud y fitosanitario. Pueden solicitar la licencia tanto personas humanas como jurídicas (empresas o cooperativas) que demuestren contar con registros vigentes previos ante:
- El Ministerio de Salud de la Nación (vía Reprocann u otros programas de investigación).
- El Instituto Nacional de Semillas (INASE).
- El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA).
Plazo límite y vigencia: El régimen de adecuación especial tiene un carácter transitorio y una ventana de tiempo acotada: la convocatoria para ingresar estará abierta únicamente hasta el 1° de marzo de 2027.
Las licencias otorgadas tendrán una vigencia de 5 años con validación anual obligatoria y presentación de documentación actualizada.
Costos, aranceles y universidades exentas
De acuerdo con el Anexo II que rige el sistema arancelario de la norma, la tramitación de esta licencia estará sujeta al pago de un arancel único de $250.000. Este monto fijo se aplicará de forma generalizada a todas las solicitudes, independientemente de los antecedentes de la entidad o las actividades específicas que declare realizar.
Además, ese mismo valor de $250.000 funcionará como el canon anual que las licenciatarias deberán abonar para mantener el permiso vigente.
El pago debe acreditarse de manera obligatoria al momento de presentar la solicitud, ya que es condición indispensable para que el trámite sea admitido formalmente; en caso de no abonarse, el proceso quedará frenado y el expediente podrá ser desestimado.
No obstante, el régimen establece que quedan totalmente exentos del pago de aranceles los organismos públicos nacionales (centralizados y descentralizados) y las universidades públicas nacionales. La gratuidad alcanzará también a todos sus centros regionales, estaciones experimentales, institutos y facultades dependientes.
