Se aceptará el comprobante de inicio de trámite de ARICCAME para mantener la vigencia hasta marzo de 2027.
El Instituto Nacional de Semillas (INASE) comenzó a notificar de manera formal a todos los operadores inscriptos en el Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS) que trabajen con órganos de propagación de Cannabis sativa L. sobre el vencimiento del plazo fijado por la Resolución N° 121/26.
La fecha límite estipulada para acreditar la correspondiente Licencia obligatoria de la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME) ante INASE es el próximo 30 de septiembre.
A diferencia de ocasiones anteriores, la autoridad de aplicación remarcó que no se otorgará una nueva prórroga general. Aquellos operadores que al 30 de septiembre no hayan presentado la documentación o la constancia exigida serán dados de baja automáticamente del RNCyFS, perdiendo los derechos comerciales adquiridos hasta el momento.
El salvoconducto: la constancia de inicio de trámite
Ante el elevado volumen de solicitudes que gestiona ARICCAME y las demoras en el otorgamiento de las licencias definitivas —situación contemplada en la Resolución 41/26—, el INASE contempló una vía de excepción:
Presentación antes del 1° de octubre: Quienes tengan la solicitud en trámite ante ARICCAME podrán enviar la constancia de inicio de trámite (con número de expediente TAD) antes del 1° de octubre de 2026.
Extensión de vigencia: Al presentar dicha constancia, la vigencia y habilitación comercial en el RNCyFS se extenderá de manera automática hasta marzo de 2027, otorgando el margen necesario para completar el trámite y obtener la licencia final.
Datos requeridos para la presentación
Para garantizar la validez de la acreditación, las empresas y operadores deberán enviar un correo electrónico al INASE indicando en el asunto o cuerpo del mensaje los siguientes datos obligatorios:
Número de RNCyFS
Número de CUIT
Razón Social de la empresa o titular
Constancia / N° de expediente TAD del trámite en ARICCAME
Especialistas del sector señalan que las empresas que resulten dadas de baja deberán iniciar el proceso desde cero bajo las condiciones que se estipulen para nuevos operadores a partir de marzo de 2027.
Por este motivo, se insta a los actores del sector a regularizar su situación de forma inmediata para evitar la interrupción de sus actividades comerciales y de propagación.
Para solicitar la licencia podes hacerlo acá.
Contacto de la ARICCAME e INASE
Para consultas con la ARICCAME: ariccame@produccion.gob.ar
Para consultas con INASE: consultas@inase.gob.ar
