El gobierno provincial lo oficializó mediante el decreto 1928. La medida incluye el autocultivo para pacientes y licencias para asociaciones y proyectos de investigación.
Por medio del decreto 1928, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el gobierno de Mendoza, comandado por Alfredo Cornejo, reglamentó la Ley 9617 que regula la industria del cannabis y el cáñamo en la provincia.
El documento del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial establece las condiciones, mediante la creación del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial, para el cultivo, producción, industrialización, comercialización e investigación de la planta y así garantizar un uso seguro y controlado con el objetivo de impulsar el desarrollo económico y científico.
Así, la reglamentación, por medio del registro, será responsable de establecer y coordinar protocolos de buenas prácticas agrícolas (BPA) y de manufactura (BPM), así como mecanismos de trazabilidad y control de calidad en todas las etapas del proceso productivo.

Además, la normativa crea el Banco de Germoplasma de Cannabis, que funcionará junto al Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria Mendoza (ISCAMEN) y tendrá a su cargo la conservación y trazabilidad del material genético cultivado en Mendoza.
En ese sentido, habrá un régimen sancionatorio que fija multas, clausuras y decomisos en caso de incumplimiento, también un consejo asesor integrado por representantes del Estado, productores locales, ONGs, entre otros.