La implementación del Registro del Programa de Cannabis (REPROCANN) en Argentina ha marcado un hito en el acceso al cannabis medicinal. Recientemente, la publicación de la Resolución 1780/25 introduce modificaciones significativas, consolidando un marco más robusto y abriendo nuevas vías para la vinculación de pacientes con el sistema.
Esta resolución busca optimizar la gestión del registro y, de manera destacada, formalizar la interacción entre los usuarios del REPROCANN y diversas entidades como ONGs, fundaciones y proyectos de investigación.
Vinculación de Pacientes del REPROCANN con ONGs, Fundaciones y Proyectos de Investigación (Resolución 1780/25)
Uno de los puntos más relevantes de la Resolución 1780/25 es la clara definición de mecanismos para que los pacientes inscriptos en el REPROCANN puedan vincularse de manera formal con ONGs, fundaciones y proyectos de investigación aprobados por el programa.
Muchas de estas organizaciones han jugado un rol fundamental en el acompañamiento y provisión de cannabis a pacientes, a menudo operando en un marco de informalidad.
La nueva resolución busca ordenar y legitimar esta interacción, estableciendo los siguientes parámetros clave:
- Registro de Vinculación: La Resolución 1780/25 establece un nuevo módulo dentro de la plataforma del REPROCANN que permite a los pacientes declarar formalmente su vinculación con una ONG, fundación o proyecto de investigación debidamente registrado. Esta declaración es voluntaria y busca generar un registro transparente de las asociaciones.
- Rol del Profesional de la Salud: Si bien la vinculación es una decisión del paciente, la resolución subraya la importancia de que el profesional de la salud que prescribe el cannabis esté al tanto y, en lo posible, valide la pertinencia de dicha vinculación en función de las necesidades terapéuticas del paciente. Esto garantiza que la colaboración con la organización sea complementaria al tratamiento médico.
¿Qué hago si soy autocultivador?
En este caso, el autocultivador tiene que enviar una nota a la ONG pidiendo vincularse y a su vez la ONG tiene que enviar ese pedido al Ministerio de Salud, lo cual puede demorar algún tiempo porque por el momento no se puede hacer desde la plataforma del programa. Este pedido tiene carácter de excepcional y, según informan desde el Ministerio, pronto podrá realizarse de manera automática en el sistema.
¿Qué hago si mi médico no cumple con los requisitos para que me aprueben mi Reprocann?
El médico tiene que subir su formación al sistema para que todos sus pacientes puedan ser aprobados. En caso que el médico no cuente con la formación, el paciente deberá realizar una nueva alta con un profesional que cuente con la formación requerida y una vez finalizado ese trámite, deberá solicitar al programa la baja de su anterior trámite y el alta del nuevo.
Propósitos de la Vinculación: La vinculación puede tener diversos propósitos, incluyendo:
- Acompañamiento y Asesoramiento: Las ONGs pueden brindar soporte, información y acompañamiento en el uso del cannabis medicinal, así como en la gestión de los trámites del REPROCANN.
- Acceso a Derivados de Cannabis: Bajo estrictas condiciones de fiscalización y trazabilidad, y siempre en el marco de la reglamentación vigente, la resolución abre la puerta a que las organizaciones puedan asistir en el acceso a derivados de cannabis, especialmente aquellos con fines de investigación o aquellos provistos por organizaciones autorizadas para el cultivo solidario y la producción controlada.
- Participación en Proyectos de Investigación: Los pacientes podrán ser invitados a participar en proyectos de investigación científica sobre el uso del cannabis, enriqueciendo la base de conocimiento y contribuyendo al avance de la medicina. La resolución enfatiza que cualquier participación en investigación debe contar con el consentimiento informado del paciente y la aprobación de comités de ética.
- Transparencia y Trazabilidad: La resolución refuerza la necesidad de que toda vinculación se realice bajo principios de transparencia, garantizando la trazabilidad de los productos y un seguimiento adecuado de la salud del paciente. Esto es crucial para prevenir desvíos y asegurar la seguridad del sistema.
Adecuación de ONGs, Fundaciones y Proyectos de Investigación a la Resolución 1780/25
Para poder operar bajo el nuevo marco establecido por la Resolución 1780/25 y vincularse formalmente con los pacientes del REPROCANN, las ONGs, fundaciones y proyectos de investigación deberán cumplir con una serie de requisitos y procesos de adecuación:
- Registro Único: La resolución crea un «Registro de Organizaciones Vinculadas al Cannabis Medicinal» donde todas las entidades interesadas en interactuar con pacientes del REPROCANN deberán inscribirse. Este registro requerirá la presentación de documentación legal, estatutos, información sobre sus objetivos y actividades, y datos de los responsables.
- Presentación de Proyectos: Las organizaciones que deseen realizar cultivo solidario, producir derivados o participar en proyectos de investigación deberán presentar un plan detallado de sus actividades, incluyendo protocolos de seguridad, trazabilidad, buenas prácticas de manufactura (si aplica) y un plan de gestión de residuos. Estos proyectos serán evaluados por la autoridad de aplicación.
- Profesionales de la Salud Responsables: Se exigirá que las organizaciones cuenten con profesionales de la salud habilitados que supervisen las actividades relacionadas con el cannabis medicinal, asegurando que las prácticas estén alineadas con criterios médicos y científicos.
- Capacitación y Buenas Prácticas: La resolución podrá establecer requisitos de capacitación obligatoria para el personal de las organizaciones involucrado en la manipulación de cannabis y la atención a pacientes. Asimismo, se promoverá la adopción de buenas prácticas en el cultivo, extracción y procesamiento, incluso para fines solidarios.
- Reporte y Auditoría: Las organizaciones registradas estarán sujetas a requisitos de reporte periódico sobre sus actividades, la cantidad de pacientes vinculados, el tipo y cantidad de cannabis o derivados manejados, y los resultados obtenidos en sus proyectos. La autoridad de aplicación podrá realizar auditorías para verificar el cumplimiento de la normativa.
- Transparencia Económica: En el caso de organizaciones que realicen algún tipo de cobro por sus servicios o productos, la resolución exige total transparencia en sus costos y la presentación de informes económicos que justifiquen los mismos.
En síntesis, la Resolución 1780/25 representa un paso adelante en la consolidación del REPROCANN, brindando mayor claridad y seguridad jurídica tanto a los pacientes como a las organizaciones que los acompañan.
Al formalizar la vinculación y establecer un marco de regulación para las ONGs, se busca fortalecer la red de apoyo al cannabis medicinal en Argentina, garantizando un acceso más seguro, controlado y efectivo para quienes lo necesitan.
La clave estará en la implementación rigurosa de estos nuevos parámetros y en la continua colaboración entre la autoridad regulatoria, los profesionales de la salud y la sociedad civil.