La ciudad de Salta comenzó a implementar los narcotest en los controles de vialidad. El procedimiento permite detectar la presencia de distintas sustancias, entre ellas THC.
Con el objetivo de reducir la siniestralidad vial en las calles, la Municipalidad de Salta, Provincia de Salta, anunció que comenzará a implementar controles de consumo de estupefacientes a los conductores en distintos puntos de la capital salteña.
La medida fue confirmada por el secretario de Tránsito y Seguridad Vial, Matías Assennato, quien, en diálogo con Cannábica Argentina, confirmó:“Quien circule con receta o autorización no será sancionado por positivo de THC”.
Ante la consulta de cómo medir los niveles de THC en sangre, el funcionario aseguró que el narcotest no funciona como con el alcoholímetro. “Toma a partir del umbral de 25 ng. Y en caso de dar positivo, se procede de la misma forma que con alcoholemia”, aclaró.
En la primera ronda que se utilizó el narcotest en la capital salteña, Assennato informó que 4 conductores dieron positivo en THC pero “ninguno tenía autorización”.
Desde el municipio remarcaron que la implementación de los narcotest responde a una ordenanza que prohíbe conducir bajo los efectos de sustancias que puedan alterar las capacidades psicofísicas de los conductores. El procedimiento permite detectar la presencia de distintas sustancias, entre ellas THC, anfetaminas, cocaína, entre otras.
En este contexto, el abogado salteño, Martín Galvan, habló con Cannábica Argentina y señaló que se necesita un protocolo que sea más claro para implementar en los controles.
“Esta forma de operar vulnera dos garantías constitucionales. Por un lado, el derecho a la intimidad, del artículo 19, y por el otro, a la salud, por la ley 27.350”, explicó el profesional e indicó que: “Pueden quedar todavía resabios de 48 o hasta se pueden incluir, en algunos casos, 72 horas después, restos de cannabinoides. Evidentemente, ya estás metiéndote en la esfera privada también, porque esto no garantiza la cantidad de cannabinoides que hay en el organismo. Esto es totalmente incompleto”.
“No se puede aplicar el mismo criterio que el alcohol. No hay una autorización médica para consumir las famosas dos copitas de vino, que te hace bien para el corazón. No hay una indicación médica de eso y tampoco hay una ley que favorezca que te fabriques tu vino para beberlo y favorecer a tu corazón, cosa que en cannabis sí hay”, detalló Galvan.
Por su lado, el abogado especializado en cannabis, Juan Palomino, le aseguró a este medio que la situación “nos debería preocupar a todos los que trabajamos en cannabis, porque esto ya se implementó en otras provincias, en otros países, y está generando un problema enorme”.
“Criterios que son absolutamente dispares en la justicia convencional de de faltas; un juez, por ejemplo, te absuelve y el de la vuelta te sanciona. No hay una uniformidad, podemos decir”, detalló.
Para Palomino hay un problema en la falta de armonización que hay entre el REPROCANN y la Ley de Tránsito. “Por un lado el Estado nacional te entrega un certificado que te habilita a poder ser usuario de cannabis como medicamento, pero el municipio te sanciona igual si das positivo en un control de tránsito. Este conflicto normativo no lo ha resuelto nadie”, afirmó.
Rodrigo Dominguez, presidente de la Red Federal de Abogacía Cannábica (ARFAC), dialogó con Cannábica Argentina e indicó que con la implementación del narcotest en controles viales, es importante recordar que “la conducción de vehículos motorizados constituye una actividad potencialmente riesgosa que exige atención”.
“La discusión no debe centrarse exclusivamente en el consumo de una determinada sustancia, sino también en la aptitud concreta para conducir de manera prudente y responsable, explicó Dominguez y agregó: “La seguridad vial y la reducción de daños son objetivos compartidos que requieren información, responsabilidad y decisiones conscientes por parte de todos los actores involucrados”.
Los narcotest y un problema latente
Juan Palomino señaló que los narcotest a través de la saliva son un problema en este caso porque “no mide si estás bajo los efectos en ese momento, mide si consumiste en las últimas 24, 48 o hasta 72 horas si sos un usuario crónico. Vas a dar positivo hayas consumido ese día o no, y eso la verdad que no es conducir bajo los efectos del cannabis que es lo que está prohibido. Eso es haber consumido alguna vez en la semana, básicamente”.
“Creo que estas situaciones probablemente se van a terminar resolviendo en la justicia, caso por caso, hasta que haya una regulación que armonice esto y también los usuarios cannábicos, sobre todo los que tienen REPROCANN, deberían saber que este tipo de cuestiones deberían poder ser impugnables”, concluyó.
