La iniciativa del Poder Ejecutivo fue aprobada este miércoles y regulará la producción, distribución y comercialización de cannabis medicinal y cáñamo industrial.
La Cámara de Diputados de Mendoza aprobó este miércoles la ley que crea el “Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial”. El documento, impulsado por el Poder Ejecutivo y acompañado por proyectos similares de legisladores del oficialismo y la oposición, prevé la regulación del cultivo y la producción de cannabis para uso medicinal y cáñamo industrial.
Así la norma prevé garantizar, mediante el registro, el acceso para uso medicinal del cannabis y la promoción de la producción del cáñamo industrial. De esta manera, se podrá “autorizar, registrar, habilitar, certificar, auditar, controlar, fiscalizar, asistir técnicamente y otorgar certificaciones a los cultivos autorizados y proyectos productivos”.
La ley establece también un sistema de licencias y autorizaciones que permitirá “sembrar, cultivar, transportar, almacenar y producir inflorescencias de cannabis y sus derivados” a personas o asociaciones civiles, fundaciones u ONGs registradas.
También se permitirá que se realicen actividades de producción, siembra, cultivo, producción industrial, transporte, fabricación, “comercialización y/o extracción de la planta de cannabis medicinal o cáñamo industrial”.
Sin embargo, resta saber como será la reglamentación de la ley para saber que tipo de quimiotipos se van a permitir, si habrá diferenciación entre inflorescencias altas en THC o CBD, siguiendo una línea parecida a la tomada por la Agencia Regulatoria de la Industria del Cáñamo y del Cannabis Medicinal (ARICCAME), o si será la primera provincia en diferenciarse y trabajar con la planta por completo.
También saber si la comercialización de la planta y sus derivados va a ser mediante dispensarios, con posibilidad de ofrecer directamente al paciente el producto.
Además, un punto clave es conocer cómo va a ser la comercialización y si se podrá facturar directamente las inflorescencias de cannabis, ya que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es Federal y, al margen de que haya una ley provincial, la facturación va a depender de ese un organismo nacional.
Además, no se incorporará a las inflorescencias de la planta al listado de productos medicinales de la provincia.
Régimen simplificado para obtener autorizaciones y/o licencias
La ley crea el régimen simplificado para la obtención de las autorizaciones y/o licencias para aquellas personas que cuenten con autorización emitida por el
Ministerio de Salud de la Nación (Ley Nº 27.350), el Instituto Nacional de Semillas (INASE) o por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) para la producción, cultivo, tenencia, acopio, transporte y/o comercialización de semillas de la planta de cannabis, del Cannabis y de sus productos derivados con fines medicinales.
De esta manera, las personas que cumplan con dichos requisitos podrán presentar la solicitud de adecuación para producción ante el Registro Provincial de Cannabis y Cáñamo Industrial de Mendoza.
Programas provinciales y municipales de investigación, producción e industrialización
Según establece el registro creado por ley, se deberá impulsar la generación de “programas provinciales y municipales de investigación, producción e industrialización de la planta de cannabis y sus derivados para uso medicinal, terapéutico, científico y/o paliativo del dolor”.
Así, los Programas deberán priorizar el abastecimiento de la planta de cannabis o sus derivados a los habitantes de la Provincia de Mendoza de conformidad a la Ley N° 8962 como también la investigación y posterior aplicación para los diferentes usos.
Sanciones
En caso de incumplimiento, la normativa establece que se aplicarán sanciones leves como multas y más graves como la clausura de las instalaciones y el decomiso de productos.