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    Foto: INASE.
    Industria

    Cambios en el INASE: conocé las modificaciones y cómo afectan a la industria del cannabis

    26 de marzo de 2024Updated:26 de marzo de 2024No hay comentariosLectura de 4 min
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    El organismo cambió la forma en que se registran las variedades de cannabis e informó que no emitirá más autorizaciones para trasladar plantines, semillas y esquejes de variedades inscriptas para evitar demoras.

    El Instituto Nacional de Semillas (INASE) comunicó que cambiará los criterios sobre inscripción y traslado de variedades de cannabis registradas legalmente en el organismo. También, informaron que no darán más autorizaciones para el traslado de flores u otros productos y derivados (materia vegetal) de la planta de cannabis.

    Desde el organismo indicaron que ahora la inscripción de variedades de cannabis, con igual o más del 1% de THC, en el Registro Nacional de Cultivares (RNC) deberá adjuntar el informe técnico correspondiente del Ministerio de Salud de la Nación detallando el fundamento de la inscripción, de acuerdo a lo establecido por el artículo 4º de la Resolución Conjunta INASE-SALUD 5/2021.

    Hasta el momento las autoridades no dieron mayores detalles de cómo será dicho informe y a dónde hay que solicitarlo para poder cumplir con el requerimiento que ya está siendo pedido por parte del INASE a los diferentes obtentores.

    De esta manera, no queda claro en qué situación está el Ministerio de Salud con respecto al cannabis en un contexto en el cual se presentan demoras de registros y renovaciones del Reprocann, y donde todavía se desconoce qué sucederá con las ONGs inscriptas y en espera de evaluación en el programa.

    Por otro lado, en el documento difundido por el INASE se informa que el organismo ya no autorizará el traslado de materia vegetal, tampoco lo harán con los proyectos autorizados por el Ministerio de Salud, que se encuentran dentro de la Ley 27.350 de uso medicinal del cannabis, y tampoco en las categorías del Registro Nacional de Comercio y Fiscalización de Semillas (RNCyFS) habilitadas para esa especie.

    “No es una competencia de este organismo”, confirmaron ante la decisión. De esta manera, y ante la acefalía de la ARICCAME, no hay ningún organismo que se encargue del traslado de la materia vegetal.

    La sorpresiva decisión del organismo nacional paraliza parte de la industria del cannabis y el cáñamo en Argentina, si bien el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) había iniciado a fines del año pasado la prueba para transporte legal de esquejes y plantines, se declaró incompetente para el traslado de materia vegetal ya que solo regulan “plantas vivas”.

    En este contexto, es una incógnita en qué situación quedan los proyectos de investigación que deben llevar las flores hacía laboratorios para realizar procesos de extracción y se desconoce con qué permiso realizarán dichos traslados.

    Otras de las modificaciones anunciadas por el organismo de Semillas es que los proyectos de investigación deberán utilizar únicamente variedades inscriptas en el RNC o regularizar la situación del material utilizado. Hasta ahora podían usar cualquier variedad que esté en proceso de inscripción.

    Sin embargo, en el caso de los proyectos que además estén registrados como Criaderos (Categoría A) en el organismo y tengan variedades en proceso de registrar, sí podrán usarlas para la investigación.

    Cambios en el traslado de esquejes, plantines y semillas

    El INASE informó que ya no expedirá autorizaciones para trasladar esquejes, plantines y semillas de variedades inscriptas de cannabis. Con el fin de evitar demoras, sólo se pedirá que cuenten con el rótulo identificatorio y el remito correspondiente.

    Traslado de variedades no inscriptas

    Los proyectos inscriptos en Categorías A (CRIADERO) y H (Productor Bajo Condiciones Controladas) del RNCyFS podrán trasladar variedades no inscriptas informándolo mediante la “Declaración de traslado de material de propagación de Cannabis sativa L. en proceso de mejoramiento” y se debe presentar en el Expediente iniciado ante INASE (H) o mediante “Presentación ciudadana ante el Poder Ejecutivo Nacional vía TAD” (A). 

    “Se aclara que los traslados deben realizarse dentro de los establecimientos declarados en el RNCyFS y que no se pueden comercializar variedades no inscriptas en el Registro Nacional de Cultivares del INASE (RNC)”, señalaron desde el organismo en el comunicado.

    cambios Inase material vegetal variedades
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    Nahuel Rodriguez
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    Periodista - Política

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